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Cómo el nuevo marco regulatorio de la CRT convierte la gestión de teléfonos corporativos en un asunto de responsabilidad legal.
El 9 de diciembre de 2025 se publicó en el DOF un acuerdo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones que obliga a registrar y vincular cada línea telefónica móvil con su titular y, en su caso, con su usuario. En papel, parece solo un trámite administrativo. En la práctica, toca algo que pocas empresas tienen bien resuelto: ¿quién responde si una línea corporativa se usa para algo indebido?
La respuesta, mientras no tengas evidencia de lo contrario, es tu empresa.
Los lineamientos establecen una distinción que resulta clave para entender el alcance del riesgo. El titular es quien contrata y registra la línea; en una empresa, eso es la persona moral, identificada con su razón social y RFC. El usuario es quien usa esa línea en el día a día, sin que necesariamente coincida con el titular.
La norma permite vincular cada línea a un único usuario, lo que abre una posibilidad importante: registrar formalmente al colaborador que tiene asignado cada equipo. Pero también hay un punto que pocas empresas han notado: si ese usuario solicita su desvinculación, la línea no se cancela. Sigue activa. Sigue a nombre de tu empresa. Y si hay una incidencia posterior, la primera referencia sigue siendo el titular.
Dicho de otra forma: la regulación no cierra el riesgo automáticamente. Solo lo hace visible.
La mayoría de las empresas asignan teléfonos corporativos sin mayor formalidad: un equipo, un número, un colaborador. Sin documento de entrega, sin política de uso, sin procedimiento de baja. Mientras todo va bien, eso no parece un problema.
El problema aparece cuando ese colaborador usa el teléfono para algo que no debería, o cuando deja la empresa y la línea queda activa sin que nadie lo registre, o cuando surge una controversia y la empresa no tiene forma de demostrar que actuó con diligencia.
En ese momento, el deslinde de responsabilidades no depende de la regulación de la CRT. Depende de lo que la empresa pueda acreditar con documentos propios.
Estas no son medidas extraordinarias. Son procesos básicos que, bien documentados, pueden marcar la diferencia si alguna vez necesitas deslindar responsabilidades:
La publicación de estos lineamientos es, antes que nada, un recordatorio de que la gestión de activos de comunicación tiene consecuencias jurídicas reales. No se trata de llenarse de papeles. Se trata de tener evidencia de que la empresa actuó con responsabilidad.
Las empresas que ya cuentan con procesos bien definidos tienen poco que ajustar. Las que no, tienen una razón concreta para empezar.
¿Tu empresa tiene estos procesos documentados?
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Esta publicación ha sido elaborada exclusivamente por Manuel Giménez Martínez, quien es el único responsable de su contenido. ChessMap funge únicamente como plataforma de difusión y no asume responsabilidad por las opiniones, interpretaciones o información aquí contenidas. El presente material tiene fines meramente informativos y de opinión general; no constituye asesoría legal, opinión institucional, dictamen jurídico ni crea relación abogado-cliente. Para cualquier asunto concreto, se recomienda obtener asesoría profesional personalizada.
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